Resumen | |
[J] | Instrucción 4/2006 , 12 de julio de 2006, sobre atribuciones y organización de la Fiscalía Especial para la Represión de los Delitos Económicos relacionados con la Corrupción y sobre la actuación de los Fiscales especialistas en delincuencia organizada(publicado en Actualidad Diaria 810 el 18 de julio de 2006) |
texto publicado volver | |
El cumplimiento por el Ministerio Fiscal de sus obligaciones en esta área pasa por su adecuación a la realidad actual, y se concreta en seguir garantizando que la reacción de sus integrantes frente a la delincuencia organizada económica y relacionada con la corrupción sea en todo caso la ajustada para el mantenimiento del orden económico definido en los artículos 38 y 128 de la Constitución Española y para la real efectividad de los principios rectores de la Administración Pública establecidos en su artículo 103. Para ello, es preciso redefinir las atribuciones y la organización de
la Fiscalía Especial, para que ejerza las funciones del Ministerio Fiscal
contra los delitos económicos y relacionados con la corrupción
de especial trascendencia cometidos por grupos organizados. Índice: I. INTRODUCCIÓN. II. EL ÁMBITO COMPETENCIAL DE LA FISCALÍA ESPECIAL. II.1. Definición actual. II.2. El impacto de la delincuencia organizada sobre la esfera de competencia de la Fiscalía Especial. II.3. Delitos que pueden ser competencia de la Fiscalía Especial. II.3.1. Los delitos contra la Seguridad Social. II.3.2. Los delitos en materia de control de cambios. II.3.3. La adaptación del artículo 18 ter, párrafo 1º, i) EOMF al vigente CP. II.3.4. Los delitos socioeconómicos creados por el CP de 1995. II.3.5. Los delitos de corrupción en las transacciones comerciales internacionales. II.3.6. Los textos internacionales pendientes de ratificación o de transposición. II.3.7.La actual esfera de competencia de la Fiscalía Especial. II.4. Apreciación de la especial trascendencia. II.4.1. Criterios generales de determinación de la especial trascendencia. II.4.1.a. La delincuencia organizada. II.4.1.b. La cualidad de Alto Cargo. II.4.1.c. La especial trascendencia en los delitos contra la ordenación del territorio. II.4.1.d. La especial trascendencia en los delitos contra la Hacienda Pública. II.4.1.e. La especial trascendencia en los delitos de los Capítulos VI, VII, VIII y XI del Título XIII del Libro II CP. II.4.2. Delimitación de la especial trascendencia en supuestos concretos. II.4.2.a. II.4.2.b. II.4.2.c. III. LA ACTUACIÓN DE LA FISCALÍA ESPECIAL. IV. LOS FISCALES DELEGADOS DE LA FISCALÍA ESPECIAL. IV. 1. Nombramiento y remoción. IV.2. Régimen de actuación de los Fiscales Delegados. IV.3. Las funciones de los Fiscales Delegados. IV.4. Ámbito de actuación de los Fiscales especialistas en delincuencia organizada. IV.5. Las funciones de los Fiscales especialistas. V. PÉRDIDA DE VIGENCIA DE LA INSTRUCCIÓN 1/996.
| |
Información relacionada | |
[L] Real Decreto 709/2006, de 9 de junio, por el que se establece la plantilla orgánica del Ministerio Fiscal para el año 2006. | |
[L] Real Decreto 421/2006, de 7 de abril, por el que se dispone la disolución del Ayuntamiento de Marbella. | |
texto publicado volver |
Los suscriptores de este Diario tiene 5 ventajas:
1 Prioridad en la recepción de los envíos del Diario.
2 El Diario se puede recibir en tres e-mail diferentes por cada suscripción.
3 Acceso a todos los Diarios publicados desde el número 1 (16 años de histórico).
4 Buzón de e-mail POP3 y web gratuíto para recibir el Diario y cualquier otro uso. Pulse aquí
5 Pedidos de libros sin gastos de envío. Ultimas novedades, aquí
Estamos a su servicio en el
telefono 902 198 832
(L a V de 9:00 a 20:00)
Las e-fuentes consultadas: |
Legislaci�n: DOCE, BOE, Boletín Oficial de las Cortes Generales (BOCG). |
Jurisprudencia:
TC, TS, TJUE y TEDH. |
Noticias:
europa press, EFE, EL PA�S, EL MUNDO, ABC, LA RAZ�N, LA VANGUARDIA,
EXPANSI�N |
Documentaci�n
oficial: Presidencia del Gobierno,
Ministerio de Hacienda-Agencia Tributaria, Ministerio de Trabajo-Seguridad
Social, Ministerio de Justicia y CGPJ. |
Documentaci�n
corporativa: Consejo
General de la Abogac�a-Colegio de Abogados de Madrid, Consejo General
del Notariado, Colegio de Registradores, Consejo General de Procuradores-Colegio
de Madrid, Asociaciones judiciales (APM, JpD, Fco. Vitoria) |
© 2002-2015 PYB ENTERPRISES S.L. Este diario es una publicación distribuida por paraprofesionales.com y se dirige exclusivamente a sus suscriptores. Su reenvío a terceras personas distintas del destinatario requiere autorización expresa de PYB ENTERPRISES, SL S.L. PYB ENTERPRISES S.L. no se hace responsable de las decisiones tomadas con base en el contenido del presente diario. Las colaboraciones firmadas recogen la opiniones de sus autores. paraprofesionales.com
es una web de PYB Enterprises, SL. PYB Enterprises, SL. Centro de trabajo:
Fuentesauco,9 local. 282024 Pozuelo de Alarc�n
(MADRID). TELEFONO 902 198 832 – Fax 901 02 03 62. email de contacto. |